Es muy habitual que, ante una jubilación, el dueño de un negocio ceda la titularidad del mismo a uno de sus hijos. En este caso estamos hablando de un cambio de titularidad de un negocio de padre a hijo, una acción que está sujeta a impuestos.
Hemos leído un interesante artículo publicado en pymesyautonomos en el que explican este caso con detalle.
El cambio de titularidad de un negocio de padre a hijo está considerado una donación. Para liquidar el impuesto de donaciones es necesario determinar la base imponible sobre la que aplicar el gravamen.
Por suerte para los que pasen por este proceso, en muchos casos es posible conseguir una reducción del 95% (en algunas comunidades autónomas hasta del 99%) en este impuesto, sujeto a obligaciones de mantenimiento del negocio/empresa en activo cierto tiempo. Las competencias sobre la gestión de este impuesto están transferidas a las comunidades autónomas, por lo que debe consultarse la reglamentación específica a tal efecto.
Gestionar un cambio de titularidad y ayudar a las empresas familiares es una de las tareas que más nos gusta hacer en el Centro Europeo de Evolución Económica, ya que ayuda a fortalecer el tejido empresarial español.
La transición de un negocio/empresa de una generación a la siguiente no es únicamente una cuestión fiscal, ni siquiera suele ser la más importante.
Temas de relevancia suelen ser:
- ¿Cómo responde el personal al cambio en la dirección de la empresa?
- ¿La estructura general de la empresa está preparada para afrontar el cambio?
- ¿Sabremos/podremos mantener a los clientes? ¿Y a los proveedores estratégicos?
- ¿Los Bancos, nos respetarán igualmente?
Todos estos temas serán objeto de un próximo post, especialmente dedicado a ello.
Imagen via lep






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